ONORM M 9485-1989
Límites de emisión de vapores de compuestos orgánicos, particularmente disolventes

Estándar No.
ONORM M 9485-1989
Fecha de publicación
1989
Organización
AT-ON
Ultima versión
ONORM M 9485-1989
Alcance
Esta “NORMA” es generalmente aplicable para el funcionamiento estacionario de sistemas. No se puede asumir una aplicabilidad general de este ESTÁNDAR a los sistemas existentes (sistemas antiguos). Teniendo en cuenta el estado técnico de los sistemas antiguos y las condiciones de funcionamiento, incluidas las circunstancias económicas, se debe examinar en cada caso individual la aplicabilidad de este "ESTÁNDAR". Los valores límite de emisión deben respetarse en todos los casos en los que las fuentes de emisión estén presentes en una "forma definida" (por ejemplo, la boca de un sistema de extracción de aire o de un sistema de secado; la apertura de una instalación de producción, almacenamiento o mezcla, como por ejemplo un sistema de destilación). , hervidor de agua, filtro de recipiente de disolvente, recipientes de almacenamiento, etc.) Los valores límite de emisión no deberían aplicarse si se trata de "emisiones difusas" (por ejemplo, ventilación natural a través de ventanas de una sala de trabajo o de almacenamiento). Independientemente del caudal másico, los sistemas de purificación del aire de escape también pueden ser necesarios si se producen emisiones de mezclas de sustancias con una composición difícilmente definible o de sustancias especialmente olorosas que tienen efectos nocivos y/o molestos. Las instalaciones para el llenado ocasional de contenedores más pequeños y para la toma de muestras no suelen requerir un tubo de escape ni una purificación de los gases de escape. La autoridad puede, por ejemplo, dependiendo de las condiciones topográficas, prescribir para las sustancias de las distintas clases valores límite más bajos que los especificados en esta "NORMA" y en las hojas complementarias. Por "gases de escape" se entiende en lo sucesivo también aire y otras mezclas de gas y aire, y por "sustancias" se entienden los vapores de compuestos orgánicos, en particular disolventes.

ONORM M 9485-1989 Historia

  • 1989 ONORM M 9485-1989 Límites de emisión de vapores de compuestos orgánicos, particularmente disolventes



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