ONORM S 2205-1999
Requisitos técnicos para plantas de compostaje de biorresiduos.

Estándar No.
ONORM S 2205-1999
Fecha de publicación
1999
Organización
AT-ON
Ultima versión
ONORM S 2205-1999
Alcance
Esta “NORMA establece el estándar técnico mínimo para las plantas de compostaje con una capacidad de procesamiento anual de más de 501 piezas de residuos biogénicos de acuerdo con” ?NORMA S 2201 o ?NORMA S 2100. También se tienen en cuenta las emisiones internas e inmisiones ambientalmente relevantes que afectan al medio ambiente de la planta de compostaje. En cuanto a la elección del lugar, se deben tener en cuenta los requisitos de la planificación espacial local, la situación meteorológica y otras condiciones locales. Las medidas para proteger a las empleadas se enumeran sin perjuicio del marco legal (p. ej. ASchG, VGL, AStV), en la medida en que se trata de impactos específicos derivados del funcionamiento de plantas de compostaje. El objetivo de esta "NORMA" es definir las condiciones marco para el correcto funcionamiento y bajas emisiones de las plantas de compostaje, teniendo en cuenta la calidad del producto final. Las emisiones residuales operativas que queden a pesar de la aplicación de esta "NORMA" se consideran razonables para el medio ambiente afectado. Se permiten desviaciones individuales, esencialmente relacionadas con la ubicación, de los requisitos mínimos establecidos en esta "NORMA", si el cumplimiento de los objetivos de la "NORMA" se confirma mediante un informe especial. El equipamiento técnico de los sistemas y su gestión operativa descritos en esta "NORMA" fueron determinados con miras a producir un producto final que cumpla con los criterios de calidad requeridos para el reciclaje.

ONORM S 2205-1999 Historia

  • 1999 ONORM S 2205-1999 Requisitos técnicos para plantas de compostaje de biorresiduos.



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