1.1 Esta norma especifica un método para estimar el poder calorífico inferior, expresado en megajulios por kilogramo o unidades térmicas británicas por libra, de los combustibles de aviación. No es aplicable a los hidrocarburos puros. 1.2 El método especificado es puramente empírico y se aplica únicamente a los combustibles compuestos de hidrocarburos líquidos que cumplan los requisitos de las especificaciones relativas a la gasolina de aviación, o a los combustibles para aviones del tipo: combustibles para turbomáquinas, de corte ancho; combustibles para turbomáquinas, con alto punto de inflamación; Combustibles para turbomáquinas, tipo queroseno (ver nota 1). El uso de este método está reservado para los casos en los que no se ha hecho una determinación experimental del poder calorífico y no puede hacerse convenientemente, y donde una estimación del poder calorífico se considera satisfactoria. No se pretende, a efectos de especificaciones y similares, utilizar valores estimados de poder calorífico inferior en lugar de valores determinados experimentalmente (ver nota 2).
NBN T 52-095-1985 Historia
1984NBN T 52-095-1985 Combustibles de aviación: estimación del calor neto de combustión
1978NBN T 52-095-1978 Combustibles de aviación: estimación del calor neto de combustión