1.1 Esta norma (Parte 2) cubre el requisito de embalaje de recargas de vidrio para termos para envío en contenedores por vía marítima cuando la carga se realiza en contenedores intermodales en el extremo del fabricante bajo supervisión personal y se vacía en el almacén del importador.
IS 12864 Pt.2-1989 Historia
1990IS 12864 Pt.2-1989 ENVASADO DE TERMOSFRASCOS PARA EXPORTACIÓN — CÓDIGO DE PRÁCTICAS PARTE 2 RECAMBIOS DE VIDRIO