Esta norma especifica los ventiladores de CA y los ventiladores de CA para fines domésticos y similares utilizados para ventilación mecánica, que se utilizan en líneas de CA monofásicas que no excedan los 250 V, con una potencia de entrada que no exceda los 500 W y un diámetro de impulsor que no exceda los 0,5 m, accionados por un solo motor. motores de corriente alterna de fase. La definición, clasificación del producto, requisitos técnicos, métodos de prueba, reglas de inspección, señales, embalaje, transporte y almacenamiento de su regulador (en adelante, ventilador). Esta norma se aplica a los ventiladores de ventilación tipo pared divisoria (Tipo A); ventiladores de ventilación tipo entrada libre (tipo B); ventiladores de ventilación tipo escape libre (tipo C); Ventiladores de ventilación tipo conducto completo (tipo D). Se puede denominar ventiladores tipo A, tipo B, tipo C y tipo D. Esta norma no se aplica a los ventiladores para otros fines, incluidos: ventiladores especialmente diseñados para uso industrial; ventiladores destinados a condiciones especiales, como cuando existen gases corrosivos o explosivos (polvo, vapor o gas); Ventiladores para calentadores, congeladores o acondicionadores de aire; ventiladores incorporados en aparatos tales como estufas y aparatos de cocina microondas; ventiladores marinos.
GB/T 14806-2003 Historia
2017GB/T 14806-2017 Ventiladores y reguladores eléctricos de corriente alterna para uso doméstico y similares.
2003GB/T 14806-2003 Ventiladores y reguladores eléctricos de corriente alterna para uso doméstico y similares.