Esta norma especifica los requisitos técnicos que deben cumplir los sistemas y equipos auxiliares de las cabinas presurizadas de nueva construcción para cumplir con la seguridad contra incendios. Esta norma se aplica a las cabinas presurizadas tripuladas para operaciones de buceo, tratamientos médicos y experimentos científicos, y a las cabinas de animales que permiten el ingreso de personal para realizar trabajos auxiliares, así como sus correspondientes sistemas y equipos auxiliares, con una presión de trabajo no mayor a 1,0 MPa.