Esta norma especifica la capacidad de las partículas radiactivas (en adelante, polvo radiactivo) suspendidas en el aire para ser emitidas en el entorno de trabajo, sistema de escape, entorno circundante, etc. de instalaciones nucleares e instalaciones que utilizan radiación con fines de protección radiológica. Especifica muestreadores de polvo radiactivo (en adelante denominados muestreadores) que recogen el polvo radiactivo mediante filtración para determinar la concentración.