Esta norma se aplica a las calderas de agua caliente alimentadas con carbón, petróleo y gas, calderas de vapor y hornos portadores de calor de diversas capacidades utilizados para la vida diaria y la producción. La potencia de una sola unidad, excepto las calderas de generación de energía de carbón pulverizado, no sea superior a 45,5 MW (65 t/h) Calderas de generación de energía alimentadas con carbón, petróleo y biomasa. Esta norma especifica los límites máximos permitidos de concentración de emisiones y los límites de negrura del humo para el humo, el dióxido de azufre y los óxidos de nitrógeno en los gases de combustión de las calderas por período de tiempo. Es adecuado para la gestión de emisiones de calderas existentes, así como para la evaluación del impacto ambiental, el diseño, la protección ambiental, la aceptación de finalización de proyectos de construcción de calderas y la gestión de aguas residuales una vez finalizados.
DB44/ 765-2010 Historia
2019DB44/ 765-2019 Estándares de emisión de contaminantes del aire de calderas
2010DB44/ 765-2010 Estándares de emisión de contaminantes del aire de calderas
0000 DB44/ 612-2009
2011DB44/ 27-2001 Límites de emisión de contaminantes del aire.