1.1 Esta práctica describe la determinación instrumental de las coordenadas de cromaticidad retrorreflectada de retrorreflectores. Incluye las técnicas utilizadas en un rango fotométrico para medir la cromaticidad retrorreflejada (nocturna) con un telecolorímetro o un teleespectroradiómetro. 1.2 Esta práctica cubre los procedimientos generales de medición. Los requisitos adicionales para pruebas y especificaciones específicas se describen en la Sección 7. 1.3 La descripción de la geometría utilizada en la colorimetría nocturna de retrorreflectores se describe en la Práctica E808 y los métodos para el cálculo de la cromaticidad están contenidos en la Práctica E308. 1.4 Esta norma no pretende abordar todos los problemas de seguridad, si los hay, asociados con su uso. Es responsabilidad del usuario de esta norma establecer prácticas apropiadas de seguridad, salud y medio ambiente y determinar la aplicabilidad de las limitaciones reglamentarias antes de su uso. 1.5 Esta norma internacional fue desarrollada de acuerdo con los principios internacionalmente reconocidos sobre estandarización establecidos en la Decisión sobre Principios para el Desarrollo de Normas, Guías y Recomendaciones Internacionales emitida por el Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC) de la Organización Mundial del Comercio.