Esta norma especifica la distancia de protección sanitaria requerida entre la fábrica de caucho (cola para huesos, gelatina, cola para pieles) y la zona residencial. Esta norma se aplica a nuevas plantas de caucho ubicadas en llanuras y zonas montañosas, así como a proyectos de ampliación y reconstrucción de plantas de caucho existentes. Las fábricas de caucho existentes pueden referirse a la implementación. La distancia de protección sanitaria en condiciones de terreno complejas debe ser determinada conjuntamente por el departamento competente de la unidad de construcción y el departamento competente de salud y protección ambiental de la provincia, ciudad o región autónoma donde se ubica el proyecto de construcción en base a la medición de olores y Reporte de evaluacion.
GB 18079-2000 Historia
2012GB 18079-2012 Zona de protección sanitaria para la industria de la gelatina.
2000GB 18079-2000 Norma de zona de protección sanitaria para la fabricación de plantas de pegamento