El CCITT, considerando que es deseable que las mediciones de mantenimiento en los canales de los sistemas internacionales de telégrafo armónico (VFT) perturben lo menos posible las comunicaciones, declara por unanimidad(1) que, siempre que sea posible, las mediciones en un canal de trabajo de un sistema VFT sólo debería utilizarse después de que el canal en cuestión haya sido sustituido, en caso necesario, por un canal de reserva;(2) y, a tal fin, el CCITT considera que conviene reservar un canal para este fin en cada Sistema VFT.(3) Cuando este cambio no sea posible, se informará previamente al usuario del canal que se van a realizar mediciones o pruebas en su circuito.