Las disposiciones de esta Norma se aplican a dispositivos de alarma de monóxido de carbono (CO) de estación única y múltiple operados eléctricamente, en adelante denominados dispositivos, destinados a la protección en áreas residenciales interiores comunes. Estas áreas incluyen, entre otras, unidades de vivienda, vehículos recreativos y casas móviles, áreas no acondicionadas, centros de atención médica, residencias de ancianos u otras residencias institucionales. Los dispositivos no están diseñados para aplicaciones industriales y comerciales.