1.1 Esta Norma establece niveles de ruido aceptables en ambientes interiores donde se desarrollen el comercio, la industria, el arte, la enseñanza, los deportes y otras actividades. 1.2 Para los efectos de esta Norma, un nivel de ruido aceptable es el valor máximo del nivel sonoro, expresado en decibeles, que permite el mínimo confort para la mayoría de los ocupantes en un ambiente determinado.