FprEN 26
Calentadores de agua instantáneos a gas para la producción de agua caliente sanitaria

Estándar No.
FprEN 26
Organización
European Committee for Standardization (CEN)
Alcance
Esta norma europea define las especificaciones y métodos de ensayo relativos a la construcción, seguridad, uso racional de la energía y adecuación al uso, así como la clasificación y marcado de los calentadores de agua instantáneos a gas para usos sanitarios, en adelante denominados “calentadores de agua”. Esta norma europea se aplica a los calentadores de agua:  ——de los tipos AAS, B11, B11BS, B12, B12BS, B13, B13BS, B14, B22, B23, B32, B33, B44, B52, B53, C11, C12, C13, C21, C22. , C23, C32, C33, C42, C43, C52, C53, C62, C63, C72, C73, C82 y C83 según CEN/TR 1749;  ——equipados con quemadores atmosféricos;  ——equipados con quemadores atmosféricos asistidos por un ventilador para el suministro de aire de combustión o la evacuación de los productos de la combustión o con quemadores totalmente premezclados;  ——utilizando uno o más gases combustibles correspondientes a las tres familias de gases y a las presiones indicadas según EN 437;  ——de potencia calorífica nominal no superior a 70 kW;  ——con quemador de encendido o con encendido directo del quemador principal. En esta norma europea, los aportes caloríficos se expresan en relación al poder calorífico neto (Hi). Esta norma europea no contiene todos los requisitos necesarios para:  ——aparatos de agua hirviendo;  ——los aparatos destinados a estar conectados a un medio mecánico de evacuación de los productos de la combustión;  ——aparatos que cumplen la doble función de calentar espacios y calentar agua para uso sanitario;  ——aparatos que aprovechen el calor de condensación del agua contenida en los productos de la combustión;  ——calentadores de agua de los tipos B21, B31, B41, B42, B43 y B51. Esta norma europea sólo cubre los calentadores de agua donde el ventilador, si lo hay, es parte integral del aparato. Esta norma europea:  ——no se aplica a los aparatos que no están destinados a conectarse a una chimenea cuando no están equipados con un dispositivo sensor de atmósfera;  ——tiene en cuenta la información proporcionada en el Informe Técnico CEN/CR 1472:1994 con respecto al marcado. Los aparatos de tipo B deben contar con un dispositivo de seguridad de descarga de productos de combustión para cumplir con el requisito esencial 3.4.3 de la Directiva sobre aparatos de gas 2009/142/CE. En esta norma europea el aparato se identifica como tipo B11BS. Los aparatos destinados a ser instalados al aire libre o en una habitación separada de las habitaciones habitadas y provistos de una ventilación adecuada no necesitan tener este dispositivo de seguridad contra la descarga de productos de la combustión pero, en este caso, las advertencias adecuadas en el embalaje y en las instrucciones deben definir claramente las Uso limitado y autorizado para este tipo de aparatos. En esta norma europea el aparato se identifica como tipo B11. Los principales símbolos utilizados en esta norma europea se resumen en el Anexo F.



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