S-104-696-2001-2001
Cable de Fibra Óptica Interior-Exterior (.)

Estándar No.
S-104-696-2001-2001
Fecha de publicación
2001
Organización
ICEA - Insulated Cable Engineers Association Inc.
Alcance
Esta norma cubre los cables de comunicaciones de fibra óptica destinados a su uso en aplicaciones de fibra óptica para interiores y exteriores. Los materiales@, las construcciones y los requisitos de rendimiento se incluyen en el Estándar@ junto con los procedimientos de prueba aplicables. Consulte ICEA 5-83-596 para cables de comunicación de fibra óptica destinados a uso en interiores y a ICEA S-87-640 para cables de comunicación de fibra óptica destinados a uso en exteriores. Cuando se requiere un cable compuesto (un cable con fibras ópticas y conductores metálicos), los requisitos de conductores metálicos aplicables serán los establecidos por acuerdo entre el usuario final y el fabricante del cable. Se deben considerar los requisitos de ANSI/ICEA S-84-608 al determinar los requisitos apropiados. Todos los diseños cubiertos por la Norma están destinados a funcionar en condiciones normales que se encuentran en el entorno exterior de la planta y en las instalaciones del usuario de comunicaciones. Estos productos normalmente transmiten señales de comunicación (voz@ vídeo@ y datos) de un punto a otro o de un punto a múltiples puntos@ dentro y fuera de los edificios. Los productos cubiertos por esta Norma pueden tener terminaciones de fábrica con conectores o módulos de empalme. Los cables interior-exterior se utilizan generalmente en longitudes cortas@ para realizar interconexiones dentro y entre edificios adyacentes. Estos cables son totalmente resistentes al entorno típico de una planta exterior, pero sus características de atenuación no son necesariamente las mismas que las de los cables de comunicaciones de planta exterior de gran longitud. Consulte la parte 8 de esta especificación. La clasificación de tensión de instalación estándar para cables cubiertos por esta norma es 2670 N (600 Ib.) para cables con más de 12 fibras y 1335 N (300 Ib.) para cables con menos o igual a 12 fibras. La carga residual se define como una carga equivalente al 30 por ciento de la carga nominal de la instalación.



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